 |
|
 |
| |
Servicios |
| » | |
| » | |
| » | |
| » | |
| » | |
| » | |
| » | |
| » | |
| » | |
Usuarios |
| » | |
| » | |
|
|
|
|
|
Noticias... |
|
El fabricante descarta una relación directa entre vacuna y efectos en niñas
|
Sanofi Pasteur MSD, fabricante de la vacuna contra el papiloma humano de la marca Gardasil, ha descartado 'en principio' una relación directa entre la administración de la misma y dos posibles casos de efectos adversos en niñas, detectados en la Comunidad Valenciana.
|
|
|
|
|
Un microbicida redujo un 30% el riesgo de infección por VIH
|
Un gel microbicida vaginal en desarrollo ha conseguido reducir en un 30 por ciento el riesgo de contraer la infección del virus VIH, causante del Sida, lo que supone la primera vez que se demuestra que un microbicida puede reducir su transmisión.
|
|
|
|
|
NOTA DE PRENSA DE LA COORDINADORA ESTATAL DE ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE AUXILIARES-AYUDANTES Y EMPLEADOS DE FARMACIA (C.E.A.F.A.E.F.)
|
Como Sindicato más representativo del sector de oficinas de farmacia, queremos denunciar y poner en conocimiento de la opinión pública la precaria situación económica y laboral que soporta un colectivo de aproximadamente 66000 trabajadores, ante la inaplicación por parte de de los empresarios del XXIII Convenio Colectivo Marco para oficinas de farmacia publicado en el Boletín Oficial del Estado el 10 de Julio de 2008.
Con su proceder se ha provocado que desde aproximadamente más de dos años los salarios del personal farmacéutico (facultativo, técnico y auxiliar) se mantengan invariables, igualmente no han percibido el consiguiente abono de sus atrasos por diferencias salariales correspondientes a los años 2007 y 2008, ni sus condiciones de trabajo han sido mejoradas.
De tal modo que la compleja y prolongada negociación del convenio colectivo ha resultado baldía, sin que los verdaderos destinatarios de la negociación colectiva puedan beneficiarse de una nueva regulación de las relaciones de trabajo en las oficinas de farmacia, acorde con las necesidades económicas y profesionales que en los tiempos actuales demandan todos los trabajadores al servicio de la atención y asistencia farmacéutica.
Cuestiones de representatividad en la Mesa Negociadora determinaron dos procedimientos judiciales ante la Audiencia Nacional. El planteado en el banco social, quedo resuelto acatando todas las partes el fallo judicial de la Audiencia Nacional para no entorpecer la puesta en marcha del Convenio Colectivo. Sin embargo, pendiente de recurso de casación ante el Tribunal Supremo se halla la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el proceso de conflicto colectivo instado por FENOFAR, asociación empresarial escindida de la FEFE, que históricamente ha venido negociando siempre todos los convenios.
Con amparo en la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional en fecha 8 de Julio de 2008 muchas farmacias se niegan a la aplicación del Convenio
Sin embargo, tal justificación es absolutamente ajena a la realidad de los hechos y desvirtúa el verdadero alcance y significado del fallo de la referida resolución judicial que otorgó al texto convencional el carácter de extraestatutario o de eficacia limitada al declarar “la nulidad del denominado XXIII Convenio Colectivo Marco para oficinas de farmacia como convenio colectivo estatutario de eficacia general”.
Tal calificación determina que el texto convencional tiene que ser cumplido en todos sus términos por todos los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación personal, a saber, los trabajadores y empresarios representados por las organizaciones firmantes, CEAFAEF, CC.OO, FETRAFA (parte social) y FEFE (parte empresarial); así como por todos aquellos titulares farmacéuticos que no formaron parte de la patronal negociadora pero optan por su aplicación, adhiriéndose al mismo con el consentimiento de sus trabajadores. Lo anterior procede, siempre y cuanto, no exista en la Comunidad o Provincia correspondiente convenio colectivo vigente.
En idéntico sentido, se ha pronunciado la parte empresarial mayoritaria del sector, la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), llegando incluso a dirigir un comunicado a sus Asociaciones Provinciales interesando la aplicación del nuevo convenio colectivo.
La mayoría de las oficinas de farmacia han acatado la Sentencia de la Audiencia Nacional y las instrucciones dadas al respecto por la FEFE, sin embargo un porcentaje de las mismas a pesar de esta incuestionable realidad, mantienen una actitud intransigente, a pesar de que con ella conculcan un fallo judicial y el derecho reconocido constitucionalmente a todos los españoles a una renumeración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia.
Ante un comportamiento tan grave, solicitamos hace aproximadamente un mes a las patronales la regularización de tal situación, sin que hasta la fecha hayamos recibido respuesta alguna a nuestra petición.
De tal modo, que una vez más exigimos la aplicación sin más dilación del XXIII Convenio Colectivo Marco para oficinas de farmacia, que resuelva a los profesionales farmacéuticos la desesperada situación que atraviesan, que se acentúa mucho más en un contexto de crisis económica como el actual.
La agonía de los trabajadores no puede prolongarse durante el año y medio o dos años que tarde en resolverse el recurso de casación por el Tribunal Supremo, más el tiempo que conlleve la constitución de una nueva Mesa Negociadora, si finalmente se confirma la Sentencia de la Audiencia Nacional.
Si nuestras reivindicaciones no son satisfechas, nos veremos obligados a iniciar movilizaciones en defensa de nuestros legítimos intereses, se convocará una huelga general en el sector e iniciaremos las acciones legales tendentes al reconocimiento de nuestros derechos ante la Jurisdicción Social, en aras de garantizar unas condiciones mínimas de trabajo a un colectivo cuya labor profesional es primordial para toda la sociedad.
|
|
|
|
|
Para que sepan los trabajadores de farmacia lo que opina la que dice ser representante empresarial en el sector de las oficinas de farmacia.
|
A FENOFAR le pedimos que deje de hacer el ridiculo, que sean responsables y dejen de torpedear la aplicación del Convenio firmado libremente por las Organizaciones que con legitimidad han decidido dar a trabajadores y empresas del sector un nuevo texto articulado; y por cierto, jamás seremos sindicato afín a ninguna Patronal como dijo su abogado ante la Audiencia Nacional, porque la CEAFAEF demostrará siempre su independencia y libertad, y unicamente se debe a la decisión que tomen los trabajadores afiliados a nuestra Organización.
|
|
|
|
|
Nuevo Convenio Colectivo Marco para Oficina de Farmacia
|
|
El nuevo Convenio Colectivo Marco para Oficinas de Farmacia ha sido publicado en el B.O.E. número 166 de 10 de julio en la página 30408.
|
|
|
|
[ 15 ] |  |
|
|